El Gobierno dispuso un nuevo cambio en las regulaciones aéreas. A través de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), dirigida por la interventora María Julia Cordero, el oficialismo dictaminó que ahora los profesionales podrán realizar vuelos hasta los 66 años, en caso de aeronaves que requieran la operación de un solo piloto, y hasta 68 años en caso de aquellas que requieran dos oficiales a bordo.
La medida se hizo oficial tras la publicación de la Resolución 516/2024 en el Boletín Oficial. Desde la administración libertaria aseguraron que la medida responde a la necesidad de cubrir la creciente demanda del sector aeronáutico y optimizar los recursos humanos, y es efectiva para los vuelos locales y para conexiones con otros países.
El Gobierno amplió el límite de edad para los pilotos
En detalle, en los considerandos de la resolución el Gobierno aseguró que "se han recibido solicitudes para elevar la edad de los pilotos que desempeñan funciones de piloto en aeronaves que requieran un solo piloto afectadas a una empresa de transporte aerocomercial, o en caso de operaciones con aeronaves que requieran piloto y copiloto en ambos casos dentro del territorio nacional o internacional".
La resolución amplia la edad de jubilación hasta los 66 o 68 años, dependiendo del tipo de vuelo.
"La propuesta de flexibilizar la edad máxima de pilotos, viene a receptar la tendencia que se observa en la normativa aeronáutica civil de diversos países, en las que se tiende a aumentar la edad límite para que el titular de una licencia de piloto ejerza sus atribuciones en operaciones de transporte aéreo comercial en vuelos nacionales e internacionales, ello en virtud que la edad se limita por las condiciones psico-físicas y demás requisitos de conocimientos, experiencia y pericia, exigidos por la Autoridad Aeronáutica", detallaron desde el oficialismo.
Cómo consecuencia de estos planteos, la interventora modificó la enmienda de las secciones 61.3 (h), 61.133 (a)(4) y (b) (5), 61.149 (b)(1) y 61.167 (a)(5) y (b)(6), de la Parte 61 de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC) “Licencias y Certificado de Competencia y Habilitaciones para Pilotos".
De esta manera, los pilotos quedaron habilitados a realizar vuelos profesionales hasta los 66 años, en casos que se necesite solo un profesional en la aeronave. Para lo aviones que requieran dos oficiales a bordo, la edad se extenderá hasta los 68 años.
Habilitación para pilotos extranjeros
El reciente cambio en la edad jubilatoria de los pilotos es uno de los tantos cambios que el Gobierno implementó a través de la ANAC. Tan solo unas semanas atrás, el oficialismo también reglamentó las autorizaciones para las operaciones aerocomerciales con personal y aeronaves con matrícula extranjera.
Mediante esta reglamentación el Gobierno delega en la ANAC la implementación de los procedimientos necesarios de autorización para que personal extranjero desempeñe funciones aeronáuticas en los servicios aerocomerciales, así como también la utilización de aeronaves de matrícula extranjera a operar en nuestro país cuando una aerolínea lo requiera.
Tras conocerse la decisión, la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA) inició acciones legales contra la reglamentación de la operación de aeronaves y tripulaciones extranjeras que dispuso la administración. En su escrito, denunciaron la medida del Gobierno y aseguraron que "estas decisiones afectan gravemente a nuestra industria aeronáutica nacional. Si tenemos pilotos argentinos habilitados y capacitados, no hay razón para implementar este procedimiento''.