
La Cámara Federal de Casación Penal declaró inconstitucional el Decreto 608/2024, firmado por el presidente Javier Milei, que habilitaba extinguir la acción penal contra empresarios condenados por asociación ilícita fiscal en la causa conocida como “Cereal Negro”, vinculada a operaciones ilegales con empresas como Vicentin, Cargill y Bunge Argentina.
La decisión fue adoptada por la Sala II, con los votos de los jueces Alejandro W. Slokar y Ángela Ledesma, y la disidencia del juez Guillermo Yacobucci, tras aceptar los recursos presentados por la AFIP y el Ministerio Público Fiscal. El tribunal consideró “arbitraria” la resolución del Tribunal Oral Federal 2 de Córdoba que había beneficiado a los imputados al aplicar la Ley 27.743, conocida como Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.
En su voto, Slokar cuestionó la constitucionalidad del decreto y advirtió que el Poder Ejecutivo “excedió sus facultades” al reglamentar la norma en un sentido que no había sido debatido por el Congreso. El magistrado alertó sobre los riesgos de “democracias delegativas y autocracias electivas” si se desnaturalizan los límites establecidos por la Constitución.
La investigación judicial probó que los condenados montaron un circuito para comprar cereal en negro y blanquearlo mediante sociedades ficticias a nombre de prestanombres insolventes, defraudando al fisco por sumas millonarias. Con esos fondos, adquirieron inmuebles y vehículos de alta gama.
El fallo representa un revés para la política fiscal del Gobierno, que en los últimos meses impulsó medidas de blanqueo y alivio impositivo orientadas a sectores de altos ingresos, mientras aplicaba recortes en partidas sociales y previsionales.