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Política

Seguridad y Producción impulsan nuevas medidas en el marco de la emergencia sanitaria

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Mediante las Resoluciones N° 117; N°047 y N°046, el Gobierno de Santa Cruz, a través de los Ministerios de Seguridad y de la Producción, Comercio e Industria, dispuso una serie de acciones que tienen como objetivo evitar la propagación del virus COVID-19 en el ámbito provincial.
En el marco de las medidas preventivas que viene adoptando el Estado Provincial, vinculadas a la situación epidemiológica COVID-19, que buscan neutralizar la propagación del virus en Santa Cruz, el Ministerio de Seguridad, de forma conjunta con las áreas que forman el Sistema Público de Seguridad de la provincia, dispuso una serie de acciones mediante las Resoluciones N° 046 y N°047.
Entre ellas, se resolvió instruir al personal del Servicio Penitenciario santacruceño, de la Policía de la Provincia y del Ministerio de Seguridad para que de forma articulada adopten las medidas preventivas para garantizar las condiciones sanitarias tanto del personal de las áreas como de la población carcelaria y evitar la propagación del virus en los establecimientos.
Además, y según lo establecido en el Decreto N° 273/20, se dispuso la Licencia Extraordinaria con goce de haberes por 14 días corridos para los trabajadores y trabajadoras que revistan la condición de casos sospechosos, posean confirmación médica de haber contraído COVID-19, hayan tenido contacto estrecho con personas comprendidas en los dos puntos anteriores y, por último, para quienes en los últimos 14 días transitaron por “zonas afectadas”.
Por su parte, el Ministerio de la Producción, Comercio e Industria, adhirió a la Resolución APN-MTYD N°126/2020, emitida por el Ministerio de Turismo y Deportes Nacional, que busca se adopten instrucciones precisas en el Sector Hotelero, acciones que deberán aplicarse con obligatoriedad en todos los establecimientos del rubro de la provincia.
También se resolvió la suspensión de excursiones de turismo tanto terrestres como lacustres, fluviales y marítimas, en el ámbito santacruceño, y la atención al público en todas las oficinas de información turística, debiendo, en caso de ser necesario, evacuar las consultas a través de los canales electrónicos.
Las medidas también afectan a la Subsecretaría de Transporte, con el objetivo de que se adopten las medidas pertinentes en lo que respecta al transporte de pasajeros interurbano, y a las autoridades de Comercio para que limiten la capacidad de ocupación en espacios públicos, comercios y/o establecimientos gastronómicos, supermercados e hipermercados, galerías y/o shoppings.
Las acciones deberán adoptarse por un plazo de 30 días, y el cuerpo de inspectores del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria estará facultado para realizar la correspondiente fiscalización y los controles pertinentes de estas medidas tomadas en el marco del Decreto N° 273 que declara el Estado de Emergencia Sanitaria en todo el territorio santacruceño.

Secretaría de Turismo
Consultas al correo electrónico: [email protected] , por teléfono celular 2966- 467938 o fijo (2966) 437412. Sólo trámites por internet.

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