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Política

Pérez aclaró la aplicación del Decreto 608: “No se jubiló a nadie de oficio”

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El presidente de la Caja de Previsión Social explicó que los 27 beneficios otorgados corresponden a personas que solicitaron voluntariamente su jubilación. Además, indicó que más de 300 afiliados se encuentran actualmente en una situación similar.

El presidente de la Caja de Previsión Social (CPS), Pablo Pérez, aclaró los alcances de la aplicación del Decreto 608 y aseguró que el organismo “no inició de oficio estos trámites ni obligó a nadie a jubilarse”.
La explicación surgió luego de cuestionamientos vinculados con los 27 beneficios jubilatorios otorgados recientemente. Según precisó, todos corresponden a personas que iniciaron voluntariamente sus expedientes, presentaron la documentación y manifestaron su intención de acceder al beneficio.
La CPS, en esos casos, se encargó de verificar servicios, aportes y el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley 1782.

Qué establece el Decreto 608

Pérez explicó que el Decreto 608 determina el procedimiento para aquellos casos en los que una persona solicitó su jubilación, reúne las condiciones para obtenerla, pero todavía no concretó el cese de su actividad. La normativa contempla incluso una prórroga de hasta 180 días hábiles por razones de servicio.
“Los expedientes no se eligen”, remarcó el funcionario, y sostuvo que la legislación previsional debe aplicarse “a todos los afiliados”.
Actualmente, más de 300 personas se encontrarían en esta situación: iniciaron voluntariamente su jubilación y reúnen las condiciones para acceder al beneficio, aunque todavía no concretaron el cese laboral.

La aclaración sobre los magistrados

Frente a los planteos relacionados con la estabilidad de los magistrados, Pérez diferenció la permanencia en el cargo del trámite previsional solicitado por el propio interesado.
“Una cosa es remover a un magistrado contra su voluntad y otra muy distinta es determinar las condiciones jurídicas de una jubilación que el propio interesado solicitó voluntariamente”, afirmó.
El titular de la CPS sostuvo que el organismo no determina quién puede permanecer o no en un cargo judicial, sino que debe establecer si corresponde otorgar una prestación previsional de acuerdo con la normativa.
“Si una persona solicita una jubilación y cumple con todos los requisitos, la responsabilidad de la Caja es resolver ese expediente”, concluyó.

Vocales TSJ Pablo Pérez CPS
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