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Política

Mazú destacó el consenso político alcanzado para la Emergencia Hidrocarburífera

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El Presidente del Bloque Frente de Todos en la Legislatura Provincial, Matías Mazú, se refirió a la sanción unánime de la Ley que declara la Emergencia Pública en materia Hidrocarburífera en Santa Cruz, realizada en una nueva sesión extraordinaria, y luego del consenso alcanzado por las dos bancadas.
Al respecto, Mazú señaló que “se trabajó a contra reloj, durante el fin de semana para llegar a esta Ley que se votó hoy (por el lunes), donde primó la voluntad de unificar criterios por parte de todos los diputados y diputadas, asumiendo el compromiso con la gente de la actividad petrolera”, al tiempo que valoró: “trabajamos todos realmente a conciencia, ya que todos tenemos una gran preocupación por la situación, y entendimos que ésta fue la mejor forma de mostrar unidad, de buscar consensos y acuerdos, para poder acompañar a todos los santacruceños y a los trabajadores del sector”.
Cabe destacar que existían cuatro proyectos de Ley - uno por Nueva Santa Cruz y tres por el Frente de Todos - que fueron objeto de análisis durante el fin de semana, habiéndose logrado unificar criterios para llegar a un solo Proyecto, sancionado este lunes por unanimidad, que contempló las principales inquietudes de los sectores políticos en relación a la necesidad de preservar los puestos de trabajo, mantener la paz social, la preocupación por la caída de la producción y el ingreso a las arcas provinciales por regalías.
Sobre la Ley
La Ley sancionada este lunes, establece en primer lugar la adhesión de la Provincia de Santa Cruz al Artículo 64° de la Emergencia Pública en materia sanitaria, declarada por Ley Nacional 27.541y “demás normativas que se dicten en ese marco, con las adecuaciones que resulten pertinentes a la situación provincial”.
También declara la Emergencia Pública en materia Hidrocarburífera hasta el 31 de Diciembre de 2020, con arreglo en base a “velar por el cumplimiento del Decreto N° 329/2020 dictado en el marco de la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social establecida por Ley Nacional 27.541, la ampliación de la emergencia sanitaria dispuesta por Decreto N° 260/20 y su modificatorio Decreto N° 297/20 que estableció la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio, y sus normas complementarias”.
Como inciso b) dentro del Artículo 2°, también se contempla que en el marco de esta emergencia pública hidrocarburífera “se podrá exigir a las empresas permisionarias de exploración, concesionarias de explotación y contratistas la adopción del protocolo sanitario establecido por la autoridad sanitaria competente para proteger a los trabajadores y a las trabajadoras por el COVID-19”.
Otra de las facultades será “habilitar la revisión del plazo de cumplimiento de los compromisos de inversión a los que están obligados las empresas permisionarias de exploración y concesionarias de explotación de hidrocarburos existentes en la Provincia”; como así también “fomentar acuerdos con las empresas proveedoras del sector hidrocarburífero para mantener los contratos de servicios, protegiendo las condiciones y puestos de trabajo”.
En el Artículo 3°, se convoca al Consejo Provincial Hidrocarburífero, creado por Ley 3.535, a que “se constituya en Estado de Comisión Permanente, quedando en el marco de la Emergencia declarada, integrado por el ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura; el ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; el secretario de Estado de Ambiente; y el Presidente de Instituto de Energía de Santa Cruz. También por dos legisladores por la mayoría, un legislador por la minoría y el presidente de la Comisión de Energía y Combustibles.
Finalmente, este Consejo Provincial también estará integrado por tres intendentes, que representarán a las zonas norte, centro y sur, como así también un Presidente o Presidenta de una Comisión de Fomento de la zona norte provincial. Para poder garantizar la representación de los trabajadores y trabajadoras, el Consejo estará autorizado a invitar a los representantes de los sindicatos de la actividad. Dentro del articulado, también se establece que se deberá remitir un informe trimestral a la Legislatura Provincial, además de que el Poder Ejecutivo deberá convocarlo en un plazo de cinco días.
Como Artículo 4° se faculta al Poder Ejecutivo a “convocar a las empresas concesionarias de áreas de explotación hidrocarburífera y permisionarias de exploración de la Provincia de Santa Cruz, con el fin de celebrar un acuerdo en el marco del DNU 329/20, por el plazo que dure la emergencia declarada, mediante la intervención del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y con la intervención de sindicatos representativos de los trabajadores de la actividad. En caso del incumplimiento de la prohibición establecida en la normativa nacional, se aplicará a los empleadores el procedimiento de sanciones dispuesto en el Capítulo V de la Ley 2.450”.

Legislatura Provincial Matías Mazú Ley de Emergencia Hidrocarburífera
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