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Nacional

Vialidad no impulsó juicio civil contra Cristina Kirchner y cayó el proceso

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El Juzgado Civil y Comercial Federal N° 2 resolvió declarar la caducidad de la instancia en la causa iniciada por la Dirección Nacional de Vialidad contra Cristina de Kirchner y otros, por responsabilidad en daños, la instancia paralela a la condena penal. El fallo implica la caída del proceso, aunque no el cierre definitivo.

La decisión se basa en que, pese a las incidencias y recursos interpuestos, la parte actora, es decir Vialidad, no impulsó el proceso dentro de los plazos previstos por el Código Procesal, lo que derivó en la pérdida del derecho a continuar la acción.


Vialidad no impulsó que juicio civil contra Cristina Kirchner y cayó el proceso
La defensa de la exmandataria había solicitado que se avance con la caducidad por considerar que "se encuentran cumplidas inexorablemente todas las prerrogativas que indica el Código Procesal para que ésta sea concedida".

Los abogados de Cristina señalaron que de parte de la Dirección Nacional de Vialidad la caducidad operó el 28/03/25, fecha en la que "tampoco ha existido impulso alguno del expediente" y afirman que desde el 17/03/25 hasta el 28/03/25 se mantuvo la inactividad, por lo cual, "se cumplieron los plazos de caducidad".
El juez subrogante Marcelo Bruno Dos Santos declaró "operada la caducidad de la instancia en el presente proceso". La inactividad en el expediente, como presupuesto de la caducidad de la instancia, significa "la paralización total de la instancia respectiva".
"En principio, esta circunstancia se exterioriza en la no ejecución de acto alguno, sea por las partes o por el órgano judicial y sus auxiliares, pero también se configura en la hipótesis de que se cumplan actos carentes de idoneidad para impulsar el procedimiento", señaló el magistrado en su fallo.
Además, señaló que su fundamento "radica en la necesidad de evitar la duración indeterminada de los procesos judiciales cuando los interesados, presumiblemente, abandonan el ejercicio de sus pretensiones y su finalidad excede el mero beneficio de los litigantes ocasionalmente favorecidos por sus consecuencias y propende a la agilización de la administración de justicia".
El plazo para el caso es de seis meses. El tiempo se computará desde la medianoche en la que termina el día de la última petición de las partes, o resolución o actuación del juez que tenga por efecto impulsar el procedimiento. Se computan días inhábiles, con excepción de las ferias judiciales, y terminará la medianoche del mismo número de días del mes correspondiente.

Fuente: ámbito
Por vencimiento de plazo Vialidad Impulso Juicio Cristina Proceso
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