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Nacional

Se decretó el estado de emergencia sanitaria en todo el país

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El presidente Alberto Fernández firmó este jueves el decreto de necesidad y urgencia que amplía la emergencia sanitaria a un año y determina la suspensión de los vuelos internacionales de pasajeros provenientes de las zonas afectadas durante el plazo de 30 días, entre otras medidas para hacer frente al coronavirus, declarado pandemia por la Organización Mundial de la Salud (OMS).


En el Decreto, el Ejecutivo ordena que deberán permanecer aislados durante 14 días los “casos sospechosos”, es decir, "aquellos que presenten fiebre y uno o más síntomas respiratorios (tos, dolor de garganta o dificultad respiratoria) y que además, en los últimos días, tenga historial de viaje a “zonas afectadas” o haya estado en contacto con casos confirmados o probables de COVID-19".

También deberán ponerse en cuarentena las personas que arriben al país habiendo transitado por “zonas afectadas”. "Estas personas deberán también brindar información sobre su itinerario, declarar su domicilio en el país y someterse a un examen médico lo menos invasivo posible para determinar el potencial riesgo de contagio y las acciones preventivas a adoptar que deberán ser cumplidas, sin excepción. No podrán ingresar ni permanecer en el territorio nacional los extranjeros no residentes en el país que no den cumplimiento a la normativa sobre aislamiento obligatorio y a las medidas sanitarias vigentes, salvo excepciones dispuestas por la autoridad sanitaria o migratoria", detalla el Ejecutivo.


En caso de verificarse el incumplimiento del aislamiento indicado y demás obligaciones establecidas en el presente artículo, remarcaron que "los funcionarios o funcionarias, personal de salud, personal a cargo de establecimientos educativos y autoridades en general que tomen conocimiento de tal circunstancia, deberán radicar denuncia penal para investigar la posible comisión de los delitos previstos en los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal".

Los ministerios de Salud y Desarrollo Productivo podrán fijar precios máximos para el alcohol en gel, los barbijos, u otros insumos críticos, definidos como tales. Asimismo, podrán adoptar las medidas necesarias para prevenir su desabastecimiento.

Zonas afectadas y suspensión de vuelos
El Ejecutivo dispuso la suspensión de los vuelos internacionales de pasajeros provenientes de las “zonas afectadas”, durante el plazo de 30 días.
Hasta el momento, se consideran “zonas afectadas” por la pandemia de COVID-19, todos los países de Europa, Estados Unidos, Corea del Sur, Japón, China, e Irán. "La autoridad de aplicación actualizará diariamente la información al respecto, según la evolución epidemiológica", agregaron.

En este marco, enfatizaron que los operadores de medios de transporte, internacionales y nacionales, que operan en la República Argentina, estarán obligados a cumplir las medidas sanitarias y las acciones preventivas que se establezcan.
Eventos masivos
Anunciaron que podrá disponerse el cierre de museos, centros deportivos, salas de juegos, restaurantes, piscinas y demás lugares de acceso público; suspender espectáculos públicos y todo otro evento masivo; e imponer distancias de seguridad y otras medidas necesarias para evitar aglomeraciones.

Fuente: Crónica
Coronavirus Decreto Estado emergencia Sanitaria Todo país
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