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Nacional

La ANMAT prohibió la comercialización de una línea de mermeladas y un postre helado

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Mermelada ilustrativa
Mermelada ilustrativa

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió a través de dos disposiciones que se publicaron este martes en el Boletín Oficial, la comercialización de mermeladas y una marca de helado.


La disposición 2011/2020 prohíbe la “comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de la línea de productos rotulados como: “Mermelada de Arándanos, Libre de Gluten, marca La Tranquilina, RNPA Exp. N° 16006087, RNE 16-000488”, “Mermelada de Pera light, sin azúcar agregada, RNPA Exp. N° 16006087, RNE 16000488” ambos con el logo SIN TACC y todos aquellos productos que consignen en su rótulo el RNPA Exp. N° 16006087”.

El organismo señala que son “productos no aprobados, y por “presentar impreso en el rótulo el símbolo obligatorio de Alimento Libre de Gluten cuando no está denominado como tal. No cumple con el pto. 6.2 de la Resolución GMC 26/3 por tener un conservador (Sorbato de Potasio) y no declararlo en la lista de ingredientes. Por lo tanto, y de acuerdo a lo establecido por el inciso 7 del artículo 6 del CAA, se trata de un producto adulterado. Por lo tanto la muestra analizada de acuerdo al artículo 6 bis del Código Alimentario Argentino tiene prohibida su comercialización”.
La disposición explica que se trata de “productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados”, y agrega que “el producto se halla en infracción por consignar un RNE que pertenece a una razón social que no elabora dichos productos y un RNPA inexistentes, resultando ser un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal”.

También se publicó en el Boletín Oficial la disposición 2012/2020 que marca la prohibición de la “comercialización en todo el territorio nacional de los Lotes: “QLT1 L consumir preferentemente antes del 12/12/2021” y “QLT1 L consumir preferentemente antes del 31/12/2021” del producto: “Crema helada sabor frutilla, vainilla y de chocolate – Postre Tricolor, marca Great Value, Cont. Neto 656g – 8 unidades de 82g c/u, RNPA Expte. 2906-23509/18, Elaborado por RNE N° 02-030528, Est. Inscripto SENASA N° B1-04075 para WalMart Argentina SRL”.


La ANMAT señala que “el resultado de las muestras analizadas por el Laboratorio Nacional de Referencia del INAL, el que arrojaron presencia de Listeria monocytógenes en 25g, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL categorizó el retiro Clase I, lo que significó que debe extenderse hasta el nivel minorista”, y que “esta Administración Nacional emitió un alerta alimentaria e informó a la población, a través de su página web, que “la firma WALMART ARGENTINA S.R.L. había iniciado el retiro preventivo y voluntario de 2 lotes del producto de referencia: Lotes QLT1 L consumir preferentemente antes del 12/12/2021 y Lote QLT1 L consumir preferentemente antes del 31/12/2021, medida que fue adoptada por la presencia de “Listeria monocytogenes” en muestras analizadas resultando ser en consecuencia ilegal”.

Fuente: Minuto Uno
Boletín oficial Anmat Prohibió Comercialización Línea Mermeladas Postre Helado
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