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Nacional

Hotesur: la oficina anticorrupción reconoce la violación de garantías en el juicio

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La Oficina Anticorrupción abandonará su rol como querellante – acusador -, en la causa conocida como “Hotesur y Los Sauces”, en trámite ante el Tribunal Oral Federal N°5, según confirmó hoy el titular de esa dependencia, Felix Crous, a Radio10.


Sostuvo así que “La Oficina Anticorrupción nunca debió ser querellante en esos casos por tratarse de delitos de lavado de activos, materia específica de la Unidad de Información Financiera”.
El fundamento de la decisión tiene que ver con un ordenamiento de la actuación de dicha oficina en el marco judicial, a la vez que, según manifestó el Titular, tiene relación directa con asegurar el principio de igualdad de armas, un principio del derecho que tiene por finalidad asegurar la igualdad de condiciones en el proceso penal entre acusador y defensa.
En este sentido, es sabido que durante el macrismo los organismos estatales fueron utilizados como cabeza de lanza en los procesos judiciales, promoviendo acusaciones sistemáticas a través tanto de la Oficina Anticorrupción, la Unidad de Información Financiera, la Administración Federal de Ingresos Públicos y el Ministerio Público Fiscal – todas ellas, instituciones que representan los intereses del Estado Nacional -.
Las distintas defensas en todos los procesos judiciales seguidos contra funcionarios, empresarios, sindicalistas, conocidas como causas de corrupción, poseen los mismos problemas, donde los magistrados a cargo permitieron la actuación simultánea de diversos acusadores estatales violentando garantías constitucionalmente consagradas.
Esto también choca con las propias normas que el Poder Legislativo ha sancionado, como en el Código Procesal Penal Federal recientemente aprobado durante la gestión de Mauricio Macri, donde se establece en su art. 279 la necesidad de unificar querellas que puedan perjudicar a la defensa. El mismo criterio – aún más estricto – fue también sancionado por el macrismo en el Código Procesal Penal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde se estableció en el art. 10 que “los organismos del Estado no podrán ser querellantes cuando el Ministerio Público Fiscal ejerza la acción”. Recordemos que los funcionarios públicos de la Ciudad de Buenos Aires, son perseguidos judicialmente con ése Código.
Resta ahora corroborar si el criterio adoptado por el titular de la Oficina Anticorrupción será aplicado en iguales condiciones para todos los imputados que hoy transitan causas en iguales similares, con múltiples acusadores y por delitos que muchas veces, no se encuentran relacionados con el accionar de funcionarios públicos, como es el caso de la Ruta del Dinero K que se encuentra en pleno debate.

Fuente: Minuto Uno
Dejará de ser querellante Hotesur Oficina anticorrupción Reconoce Garantias Juicio
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