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Nacional

Fallo contra Blaquier: La Corte Suprema manda mensajes a varias bandas

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Con un componente simbólico más que práctico, la Corte Suprema revocó ayer la falta de mérito a Carlos Pedro Blaquier por su posible participación en delitos de lesa humanidad. El máximo Tribunal, con las firmas de Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti (y la disidencia de Carlos Rosenkrantz) no solo resolvió que la investigación en su contra prosiga en la Justicia de Jujuy y Salta, sino que se encargó de enviar una serie de mensajes que fueron leídos de inmediato y no solo por los organismos de Derechos Humanos que buscaban que la Corte se expida en este sentido desde 2015. Ricardo Lorenzetti no firmó, algo que también tuvo su interpretación.

El primer mensaje tuvo inmediata réplica en la Asociación Empresaria Argentina (AEA). El titular del Ingenio Ledesma tiene hoy 93 años y escasas posibilidades de ser juzgado y eventualmente condenado, (por los plazos que demandaría) pero representa una de las principales fortunas del país. Ese dato no pasó desapercibido en los círculos de poder, tampoco por lo que implica a futuro un caso de estas características con sus correspondientes demandas civiles por parte de las víctimas.


Tal como viene reseñando Ámbito, la Corte puso proa a cerrar algunos asuntos espinosos ligados a expedientes sobre delitos de lesa humanidad para despejar su stock. La decisión sobre Blaquier fue celebrada por los organismos por su parte explícita que, en los hechos, devuelve a la justicia federal de Jujuy el caso, ratificando los procesamientos contra Blaquier y Alberto Enrique Lemos que fueron procesados en Juzgado Federal N°2 de Jujuy por su participación en múltiples hechos calificados como privaciones de la libertad agravadas, cometidas durante la última dictadura militar. Eso había sido confirmado por la Cámara Federal de Salta, antes de que el asunto escale a la Sala IV de la Cámara Federal de Casación. Hacia allí se dirigió otro de los dardos de la Corte que fustigó y le dio un “sogazo” de proporciones, como se dice en la jerga, a una ya maltrecha sala que arrastra escándalos diversos de actualidad. Y que salpica no solo a Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, sino a Juan Carlos Gemignani y a Eduardo Riggi. El cuarteto está denunciado en el Consejo de la Magistratura por diversas irregularidades. Ahora suman el latigazo contenido en el fallo Blaquier por haber revocado el procesamiento y ordenado la falta de mérito.
Sostuvieron que la Sala IV de Casación Penal no debería haber habilitado su competencia a los fines de examinar los procesamientos ya que el Código Procesal Penal no contempla su intervención ante ese tipo de resoluciones. ”Como puede verse … ha prescindido de la norma aplicable al caso, incurriendo así en un apartamiento inequívoco de la solución prevista para la cuestión que debía abordar que, por ello, conduce a su descalificación como acto judicial valido. En efecto, habilitó su competencia por medio de un argumento que nada tiene que ver con lo dispuesto en el código adjetivo, y colocó su intervención dentro de un formato de procedimiento de consulta y control, que le es ajeno”, sentenciaron. Asimismo indicaron que “…las reglas vulneradas en el caso, relacionadas con la habilitación de la competencia de la Cámara Federal de Casación, no consisten en meras sugerencias del legislador, sino en mandatos expresos que no deben ser relativizados ni dejados de lado toda vez que, en definitiva, procuran asegurar principios fundamentales inherentes a la mejor y más correcta administración de justicia”.
Hacia adentro de tribunales, el mensaje hacia Casación tiene un peso particular por el contexto.
La Corte no se detuvo y subraypo que su intervención se daba en el marco de una causa para evitar que la “investigación fuera coartada por múltiples obstáculos legales– dirigido a evitar la distorsión de reglas procesales estructurales, relacionadas con la habilitación de la competencia del tribunal a quo, distorsión que ha tenido como consecuencia la desnaturalización de las reglas de la etapa en que se encuentra la investigación y, en definitiva, ha alterado la finalidad de conducir las actuaciones del modo más rápido posible, otorgando tanto a la acusación la vía para obtener una condena como al imputado la posibilidad de su sobreseimiento o absolución” .
Fue el mismo día en que la Corte sostuvo una medida cautelar que beneficiaba a Telecentro de Alberto Pierri, lo que sumó decisiones de peso a dos grandes empresarios en la misma jornada.

Fuente: Ámbito
Política Fallo Blaquier corte Suprema Mensajes Varias bandas
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