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Nacional

Edesur y Edenor no podrán cortar el servicio por deudas generadas en la pandemia

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El Gobierno dispuso oficialmente hoy que las distribuidoras Edenor y Edesur no podrán cortar el servicio eléctrico por deudas previas al 28 de febrero último que se hayan originado o agravado en el marco de la pandemia.
La decisión se tomó por medio de una resolución del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) publicada este martes en el Boletín Oficial.
"Instruir a Edenor y Edesur a emitir las liquidaciones de servicio público de energía eléctrica únicamente con los importes correspondientes a los consumos del período liquidado y, en forma separada, informar las deudas que se hayan originado o incrementado durante la vigencia de las medidas sanitarias de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) y Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) sin contemplar intereses", según el texto oficial.
El ENRE dispuso además que los saldos adeudados deberán ser informados en línea separada, discriminando el período adeudado de acuerdo al siguiente detalle:
- Consumos y saldo adeudado sin intereses, al 31 de diciembre de 2020, de conformidad con el Decreto Nº 311/2020 y su modificatorio, Decreto Nº 756 de fecha 20 de septiembre de 2020. Esta deuda deberá figurar en las liquidaciones de servicio público de energía eléctrica como "Saldo adeudado al 31/12/2020 Res. ENRE 58/2021".
- Consumos y saldo adeudado expresado sin intereses, del 1 de enero al 28 de febrero del 2021, en concordancia con la prórroga del DISPO establecida por el Decreto Nº 125 de fecha 27 de febrero de 2021. Esta deuda deberá figurar en las liquidaciones de servicio público de energía eléctrica como "Saldo adeudado al 28/02/2021 Res. ENRE 58/2021".
Asimismo, el organismo estableció que los saldos adeudados "serán abonados a las concesionarias conforme a las pautas que establezca oportunamente este Ente Regulador, por lo que deberán abstenerse hasta ese momento de perseguir su cobro".
Tanto Edenor y Edesur "deberán abstenerse de suspender el suministro por los montos adeudados hasta el 28 de febrero del 2021", de acuerdo con la resolución.
El ENRE justificó esta medida al señalar que su objetivo es "evitar un impacto económico negativo -aún mayor al producido por la pandemia de la COVID-19- en las personas usuarias del servicio público de distribución de energía eléctrica".
En ese sentido, aseguró que la decisión "no implicará un perjuicio económico para las distribuidoras", ya que se "determinará la forma de pago de las deudas en relación a la capacidad de pago de los sectores involucrados".
"La presente medida tiene como objetivo brindar protección a las personas usuarias, para que éstas puedan efectuar el pago de la factura correspondiente al período en curso, sin que las deudas generadas durante la pandemia, las obligue a abonar el total de los montos adeudados en un solo pago", añadió el ente regulador.

Fuente: Telefe Noticias
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