Tal como ya existe en una decena de provincias del país, avanza la posibilidad de concretar una reforma sustancial en el Código Procesal Penal: que el juicio por jurados sea convierta en una realidad a nivel nacional. Este miércoles, diputados de distintos bloques firmaron un proyecto de consenso.
El dictamen fue rubricado en un plenario en donde confluyeron las comisiones de Justicia, Legislación Penal y Presupuesto y Hacienda. Si bien existían ocho proyectos, el acuerdo mayoritario fue en torno a un esquema de juicio por jurados popular, con miembros civiles con paridad de género para todos los delitos con pena en abstracto de 5 años. Deberán dar un fallo unánime.
Por la minoría firmaron dos diputados cordobeses del bloque Encuentro Federal -Juan Brugge y Alejandra Torres-, quienes respalda un juicio por jurados escabinado como el que se utiliza en su provincia: la diferencia es que combina magistrados y personas que no sean profesionales del derecho.
Tal como sucedió con otras iniciativas que el Gobierno ya había suprimido de la ley Bases y luego decretó (como el canje de deuda o la privatización de Aerolíneas Argentinas), el dictamen no estuvo exento de una nueva insistencia oficialista: en su artículo 49, se estableció que en los juicios por jurado "el juez o jueza vestirá toga negra y usará un martillo para abrir y cerrar las sesiones o cuando resuelva una incidencia".
"Se obtuvo el dictamen para la Ley de Juicio por Jurados. No hay ningún tribunal judicial más independiente que el jurado compuesto por ciudadanos. Recuperar la confianza en la justicia es clave para atraer inversiones. Y es exactamente lo que vamos a hacer", celebró el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, tras la reunión.
Diputados avanza en discusión por régimen de juicio en ausencia
La pasada semana, confluyeron en una reunión de la Comisión de Legislación Penal especialistas que impulsan el régimen de juicio en ausencia, otras de las iniciativas que cuentan con el respaldo del Gobierno nacional. Se trata de una modalidad que en principio involucraría a delitos de lesa humanidad y otros vinculados con el terrorismo.
El juicio en ausencia modifica la legislación procesal penal para permitir la continuidad y la culminación del proceso penal aunque se dé la ausencia del imputado en algunos delitos. En ese marco, la autorización se concretaría cuando un juez declara rebeldía del imputado por no comparecer ante el Tribunal, por ausentarse en su domicilio sin justificación o por haberse fugado de su lugar de detención, en caso de determinados delitos que aún se encuentran en discusión.
Aquí entran en conflicto dos posturas: las que plantean el derecho que tiene el diputado a presenciar su enjuiciamiento y las que sostienen que la presencialidad es una garantía eventualmente renunciable y que su defensa estaría garantizada de todas maneras. Estos planteos se discutieron este miércoles en el plenario de comisiones de Legislación Penal y Justicia de Diputados.