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Nacional

Confirmaron una condena contra el Estado por no haber explicado por qué suspendió la vacuna contra la meningitis en agosto de 2018

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La Justicia confirmó una condena al Estado por no haber dados razones públicas para la suspensión de la vacuna antimeningocócica en agosto de 2018 y ordenó hacer hacer pública toda la información relativa a esa medida que afectó a chicos de 11 años.
La medida fue tomada por la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que confirmó una sentencia de primera instancia a raíz de un planteo realizado por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ).

“Las decisiones relativas a cambios en la población que se propuso vacunar, así como las demoras en la entrega de las dosis correspondientes que tuvieron lugar en los últimos años son circunstancias relevantes de la política general de inmunización de la población, sobre las que la ciudadanía tiene derecho a conocer sus alcances y motivos, dado que pueden implicar restricciones en el derecho a la salud, impactando en muchos casos en los grupos más vulnerables”, dice el fallo.
Y señaló que “las políticas de austeridad nunca deben evadir las explicaciones e informaciones públicas que sustentan decisiones que pueden implicar retrocesos en la garantía de derechos”.

En ese contexto, “es necesario que el Estado Nacional informe acabadamente a la sociedad respecto de la situación de la política de inmunización, cumpliendo las decisiones judiciales y, en particular, las de la Agencia de Acceso a la Información pública creada por la ley 27.2752”.


El juzgado federal número 2 de La Plata ya había determinado que la Secretaría había incurrido en un comportamiento ilegal al suspender la entrega de la dosis mediante un comunicado de prensa.
La denuncia por parte de la ACIJ se produjo tras la resistencia de la entonces Secretaría de Salud de la Nación a dar respuesta a los requerimientos de información oportunamente formulados en relación a la suspensión de la vacuna antimeningocócica.

Desde la cartera sanitaria se esforzaron por aclarar que la vacuna no fue quitada del calendario nacional, sino suspendida la dosis de los 11 años a causa de dificultades en la adquisición y entrega. La medida afectó a unos 750 mil adolescentes que debían recibir la vacuna en 2018.

“El proceso de compra y adquisición de las dosis es un procedimiento complejo y dinámico”, había respondido la Secretaría de Salud sin dar mayores precisiones y afirmado que “no hubo suspensión del calendario nacional de vacunación porque la adquisición de la misma estaba “garantizada”.
“Hubo varias razones que dificultaron la entrada de vacunas y frente a la disminución del número de dosis, se decidió priorizar a aquellos grupos en los que más casos se presentan, que es fundamentalmente en menores de dos años”, había explicado a Infobae la infectóloga pediatra Angela Gentile, jefa del Departamento de Epidemiología del Hospital Gutiérrez.


“El 75% de los casos del país son en menores de siete meses -detalló-. La prioridad fue mantener el esquema básico porque prácticamente no tenemos casos en adolescentes, el adolescente está colonizado, esa dosis se agregó porque se quiso reforzar y ayudar un poco más a los más chiquitos, ya que al bajar la colonización lo que hace es que la bacteria circule menos”.

La vacuna tetravalente (ACYW) conjugada contra meningococo fue incorporada al Calendario Nacional de Vacunación por Resolución Ministerial número 10/2015 e implementada a partir de enero de 2017. El esquema de vacunación comprende dos dosis (3 y 5 meses de vida) y un refuerzo (15 meses de vida) en lactantes; y una dosis única a los 11 años.

La enfermedad invasiva por meningococo en la Argentina es de baja incidencia (menos de 200 casos anuales) y se da en forma endémica, con brotes esporádicos. Los casos se presentan habitualmente en menores de dos años de edad, especialmente en los menores de un año.

Fuente: Infobae
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