Saltar menúes de navegación e información institucional Teclas de acceso rápido

Click aquí para activar las notificaciones y recibir las noticias directamente en su escritorio.

Internacional

Le rebajaron la condena a un violador al considerar que la víctima podía defenderse

Compartir: Enviar Imprimir

El Tribunal Supremo de España le rebajó la condena impuesta a un hombre por violación de 12 a 6 años de prisión ya que entendieron que la víctima de 18 años, que se encontraba borracha y drogada, no era una víctima en situación especialmente vulnerable, porque se defendió y se opuso a la agresión sexual.
La Audiencia Provincial de Valencia condenó al acusado en primera instancia a seis años por agresión sexual, pero posteriormente el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana aumentó la pena hasta los doce años de privación de libertad al aplicar el agravante de situación de especial vulnerabilidad.
Ahora, el Tribunal Supremo consideró que la agravante de especial vulnerabilidad "no está en la falta o limitación del consentimiento de la persona ofendida, sino en la reducción o eliminación de su mecanismo de autodefensa frente al ataque sexual".
Así, estiman el recurso del condenado, que sostiene que "la víctima nunca llegó a perder el conocimiento, rechazó las pretensiones del acusado, opuso resistencia y recordó de manera esencial el desarrollo de las relaciones con el acusado", por lo que argumentan que "la situación de la víctima no restringía de manera relevante su capacidad de oposición".
De esta manera avalaron que el acusado "tuvo que usar una fuerza suficiente para vencer la resistencia" de la víctima, pero que la situación de ésta, después de haber ingerido drogas y alcohol no era de "tal gravedad para que se pueda apreciar este subtipo agravado".
Además, el Supremo se remite a la sentencia del TSJCV que sostenía que nada indicaba "que la fuerza desplegada sobre XXX (...) no hubiera sido bastante para consumar la agresión si su situación hubiera sido otra". Bajo estos fundamentos rebajaron a seis años de prisión la condena pos los delitos de agresión sexual.
Los hechos sucedieron en 2016 en un terreno cercano a una discoteca valenciana. La primera sentencia determinó que la víctima "se encontraba muy afectada por el alcohol y las drogas ingeridas", por lo que "no era consciente de la realidad" y tenía "perturbadas sus facultades intelectivas y volitivas, hasta el punto de no ser capaz de determinar su conducta sexual con libertad y conocimiento de la significación de sus actos".

Fuente: Telefe Noticias
España Rebajaron Violador Considerar víctima Defenderse
Compartir: Enviar Imprimir

Teclas de acceso