
En un fallo que podría marcar un antes y un después en la jurisprudencia global, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) dictaminó este miércoles que los Estados que incumplen sus obligaciones climáticas cometen un acto internacional ilícito y, en algunos casos, podrían estar obligados a pagar compensaciones a los países más perjudicados por el calentamiento global.
La opinión consultiva, solicitada por la Asamblea General de la ONU y promovida por pequeños Estados insulares como Vanuatu, establece una interpretación legal clave: el cambio climático no solo es un problema ambiental, sino también una cuestión de responsabilidad jurídica entre países.
“Las consecuencias del cambio climático son graves y de gran alcance, tanto para los ecosistemas como para las poblaciones humanas. Representan una amenaza urgente y existencial”, dijo el presidente del tribunal, Yuji Iwasawa, desde La Haya.
Por unanimidad, los jueces concluyeron que el incumplimiento de las obligaciones climáticas puede generar responsabilidades legales, incluyendo reparación del daño en forma de restitución, indemnización o satisfacción.
Aunque el dictamen no es vinculante, su peso como opinión jurídica de la máxima corte de la ONU influirá en futuras demandas judiciales y decisiones políticas, especialmente en contextos donde se debata la justicia climática y la equidad entre países emisores históricos y naciones vulnerables.
El tribunal también destacó que los efectos del cambio climático pueden violar derechos humanos básicos, como el derecho a la salud, y recordó que los Estados tienen el deber de proteger el sistema climático para las generaciones actuales y futuras.
Durante el proceso, más de cien países presentaron alegatos. Muchos de ellos —como los Estados insulares del Pacífico— enfrentan amenazas directas como la subida del nivel del mar o fenómenos climáticos extremos, pese a haber contribuido mínimamente a las emisiones globales.
El dictamen responde a dos preguntas claves:
¿Qué obligaciones tienen los Estados para proteger el clima en virtud del derecho internacional?
¿Qué consecuencias jurídicas existen si esas obligaciones no se cumplen?
Mientras los países industrializados, como Estados Unidos e India, argumentaron que ya existen mecanismos legales como el Acuerdo de París, los Estados más vulnerables reclaman que se reconozca la deuda climática histórica y se establezcan compensaciones reales por los daños sufridos.
Desde Vanuatu, el ministro de Cambio Climático, Ralph Regenvanu, calificó el dictamen como “un hito histórico para el clima”.