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Sesión en el Senado: el Gobierno va por la reforma de la ley de Tierras y de Manejo del Fuego

Crédito: SENADO

Desde las 12 horas de este jueves, el Senado tendrá su última sesión antes del receso invernal, con el eje principal en la media sanción de la ley de "inviolabilidad de la propiedad privada", una de las prioridades en las que el oficialismo insiste desde su presentación, en abril de este año.
La expectativa del Gobierno es contar con apoyo de la UCR, el PRO y sus aliados provinciales para aprobar la propuesta que reforma la ley de Tierras, del Manejo de Fuego y los regímenes de desalojos y expropiaciones. Las gobernaciones tendrán la potestad de autorizar ventas de tierras de manera ilimitada a extranjeros.

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El temario también incluye la discusión de 30 pliegos judiciales (con los que el Ministerio de Justicia superaría las cien designaciones), seis diplomáticos y la declaración de la ciudad de San Miguel de Tucumán como capital simbólica de la Argentina el 9 de julio de cada año. En ese marco, la capital tucumana será dispuesta por ley como la sede principal de los actos conmemorativos por el Día de la Independencia.
El receso invernal en el Congreso iniciará el 20 de julio y se extenderá hasta el 31 de julio. Se aguarda que la ley Hojarasca, cuyo tratamiento estaba previsto en conjunto con el proyecto de "inviolabilidad de la propiedad privada", ingrese a una sesión para el 6 de agosto, que tendrá además en su temario la propuesta que agrava las penas para las "falsas denuncias".

Qué dice el proyecto de ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada
El proyecto denominado por el Ejecutivo como ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada tiene entre sus reformas:
Expropiaciones
En caso de expropiación, establece que "la utilidad pública será de interpretación restrictiva".
Se considerará indemnización por el lucro cesante cuando sea "consecuencia directa e inmediata de la expropiación". "No habrá transferencia de dominio sin previo pago íntegro de la indemnización correspondiente"
Fija el plazo límite de "ocupación temporánea anormal" en un máximo de 90 días.
Desalojos
Se amplía la posibilidad de desalojo para "todo sujeto que invoque un derecho o interés legítimo afectado". "El juez podrá disponer la inmediata entrega del inmueble si el derecho invocado fuese verosímil".
Se garantizan hasta 10 días para ofrecer una solución habitacional en caso de que el desalojo involucre "la presencia de menores de edad, personas con discapacidad o adultos mayores en situación de desamparo".
Ley de Tierras
"Salvo que medie una solicitud expresa de la provincia", se prohíben la adquisición de tierras rurales para Estados extranjeros y sus organismos vinculados.
Se deroga el artículo 4 del decreto 1385/44, que protege "bienes ubicados en la zona de seguridad" para que pertenezcan a ciudadanos argentinos nativos.
Se eliminan los artículos 8 y 10 de la ley N° 26.737, que establece en 15% el límite a toda titularidad de dominio o posesión de tierras rurales en el territorio nacional y dispone que las "tierras rurales de un mismo titular extranjero no podrán superar las mil hectáreas (1.000 ha) en la zona núcleo".
Ley de Manejo del Fuego
Se deroga el plazo de tiempo de protección (antes dispuestos en 60 años) en caso de incendios de bosques nativos o implantados y áreas naturales, en el que se prohibía la modificación del uso de la superficie, aunque se establecen tareas de restauración sobre esos terrenos.
Se elimina un apartado del artículo 22 de la ley 26.815, que establece que en terrenos incendiados en zonas agropecuarias o pastizales se prohíben por 30 años la realización de emprendimientos inmobiliarios, actividades agropecuarias o la modificación del uso de la superficie.
Además, se creará el Consejo Federal de Registros de la Propiedad Inmueble para administrar una Ventanilla Única Federal Inmobiliaria para abonar tasas y recibir informes, certificados y copias expedidas por cualquier registro de la propiedad inmueble del país.

Fuente: ÁMBITO
DESDE LAS 12 Senado gobierno Reforma Ley Tierras

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