El Tribunal de Ética y Disciplina de San Lorenzo resolvió suspender por un año a Néstor Ortigoza en su condición de socio de la institución, tras considerarlo responsable de infracciones previstas en el estatuto social del club.
La decisión se fundamenta en dos puntos específicos de la normativa interna. El primero contempla sanciones para aquellos socios que hayan recibido una condena por parte de una autoridad competente o que hayan incurrido en una conducta pública que perjudique la imagen o los intereses de la institución.
El segundo establece sanciones ante cualquier acción u omisión que contradiga la ley, el estatuto o las decisiones adoptadas por la Asamblea de Representantes o la Comisión Directiva, siempre que el hecho tenga una trascendencia pública significativa.
Según detalla el propio estatuto, esa trascendencia se configura cuando la situación toma estado público, es difundida por los medios de comunicación y supera el ámbito interno del club, alcanzando conocimiento general.
Tras analizar los antecedentes del caso, el Tribunal entendió que se configuraron estas faltas y aplicó la sanción de suspensión por el plazo de un año. Durante ese período, Ortigoza no podrá ejercer los derechos que le corresponden como socio.
La resolución se enmarca dentro de las facultades disciplinarias que prevé el estatuto y representa una señal institucional respecto del cumplimiento de las normas internas y la conducta exigida a quienes forman parte de la vida social de San Lorenzo.