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Recompensa: Licencia de invierno extra para estatales

La gobernadora Rosana Bertone emitió un decreto estableciendo una licencia especial de 14 días, además de la de invierno que los estatales ya gozan, para aquellos que tengan un nivel de presentismo optimo y que no hayan faltado a sus puestos de trabajo en los 6 meses previos. Las vacaciones ?extras? serán para quienes no hayan realizado paros, no tengan sanciones, no hayan consumido los excesos de inasistencias, ni por artículos ni por enfermedad.

La licencia especial no alcanzará al sector docente ya que los mismos tienen por Calendario Escolar tienen su licencia durante el mes de julio. Además una licencia extra para los mismos implicarían que dejen de dictar clases en las escuelas lo cual no estaría avalado por el Ministerio de Educación.

El Gobierno anunció ayer que consistirá en ?el goce de un máximo de 14 días corridos de Licencia Especial de Invierno, que deberá ser usufructuada entre el 4 de junio y el 28 de octubre del corriente año.

?Será una licencia especial para aquellos agentes que hayan cumplido con el presentismo?, informó el secretario de Gestión de Recursos Humanos, Martín Sola, quien además explicó que esta licencia especial es aparte de la de invierno con la que ya gozan los empleados públicos.

Para acceder al beneficio, los agentes deberán contar con un mínimo de seis meses de prestación ininterrumpida y efectiva de servicios a la fecha de comienzo del usufructo de la Licencia Especial de Invierno.

Según lo establece el Decreto firmado por la gobernadora Rosana Bertone ?no podrán usufructuar la Licencia Especial de Invierno los agentes que hayan utilizado una fracción o la totalidad de las denominadas Licencias Especiales? y quienes hayan tenido ?una o más faltas sin aviso, injustificadas, sanciones disciplinarias (apercibimiento y/o suspensión) y adherido a días de paro?.

El beneficio tampoco alcanzará a ?aquellos agentes que hayan usufructuado, de manera acumulativa, veinte o más días en concepto de afecciones o lesiones de corto tratamiento, enfermedad en horas de labor, atención de hijos menores y atención del grupo familiar, permisos gremiales sin justificar, o cualquier otro supuesto sujeto a descuento de haberes en los seis meses inmediatos anteriores?.

Respecto al Personal No Docente que preste servicios en establecimientos educativos de la Provincia, contarán con una licencia de un máximo de catorce días corridos con goce de haberes, la que deberá ser usufructuada dentro del lapso comprendido en el Receso Escolar Invernal 2018.

En cuanto al personal dependiente del ministerio de Salud, cualquiera sea su modalidad de trabajo, gozarán de un máximo de catorce días corridos de licencia con goce de haberes, que deberá ser usufructuada entre el día 4 de junio y el 28 de octubre.

La licencia dará inicio indefectiblemente un día lunes, ?no pudiendo fraccionarse, interrumpirse, o suspenderse por ningún motivo; y su otorgamiento se adecuará a las necesidades operativas de cada sector? señala el Decreto, aclarando que ?el agente que no haga uso de la Licencia prevista dentro de los lapsos indicados, perderá automáticamente el derecho al beneficio y no generará compensación economía en ningún supuesto?.

Diario del Fin del Mundo

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