Nacional

Los bancos deben reintegrar los débitos indebidos realizados sobre el pago del IFE

Como el IFE tiene carácter netamente alimentario por lo tanto no corresponde deducirle ningún tipo de concepto, sea por operaciones concertadas con la propia entidad financiera pagadora o con terceros.

Algunos de los ejemplos de débitos que no pueden aplicarse son las cuotas de préstamos otorgados con o sin código de descuento, comisiones o cargos por servicios adicionales a la cuenta contratados por el beneficiario o débitos automáticos para el pago de impuestos, servicios u otros conceptos.
"Habiendo tomado conocimiento a través de denuncias realizadas por los beneficiarios del programa, la Superintendencia de Entidades Financieras dispuso que los bancos deben revertir cualquier tipo de descuento efectuado", aseguró el banco Central en un comunicado de prensa, informa Télam.
Agregó también que la Superintendencia de Entidades Financieras está analizando los
reclamos que se hayan presentado y que, en caso de corresponder, actuará labrando sumarios y disponiendo las sanciones que corresponda en cada caso.
Aquellos beneficiarios de transferencias dispuestas por ANSES que detecten débitos
que no corresponden deberán iniciar el reclamo en la entidad bancaria donde percibe el
beneficio.
También pueden llevar el reclamo a través del BCRA, ingresando al sitio web del banco y, en la solapa "BCRA y Vos", hacer clic en "Reportes", o recurrir a la Dirección Nacional de Defensa al Consumidor

Fuente: Telefe Noticias
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