La Justicia ordenó a al Ministerio de Economía a entregar en el término de cinco días el expediente completo del DNU 179/2025, que aprobó un crédito de u$s20.000 millones con el Fondo Monetario Internacional (FMI).
La orden judicial fue dictada por el juez federal de Dolores Martín Bava en el marco de un amparo presentado por la Coordinadora de Abogadxs de Interés Público (CAIP) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).
“En una sociedad democrática es indispensable que las autoridades estatales se rijan por el principio de máxima divulgación, el cual establece la presunción de que toda información es accesible”, advirtió el juez en la resolución.
El caso
El 27 de junio de 2025 se presentó el abogado en causa propia e integrante de la Coordinadora de Abogadxs de Interés Público (CAIP), Francisco Verbic, conjuntamente con el patrocinio letrado de los integrantes del CELS Leonel Bazán y Diego Morales.
Interpusieron acción de amparo contra el Estado Nacional -Ministerio de Economía de la Nación con el objeto de que se declare la ilegalidad de la conducta desplegada por la demandada en sede administrativa y se le ordene a brindar la información pública sobre todo el expediente completo relacionado al decreto que aprobó las operaciones con el Fondo.
“Hacer lugar a la acción de amparo interpuesta por Francisco Verbic, ordenando al Ministerio de Economía de la Nación a que, conjuntamente con la Agencia de Acceso a la Información Pública procedan, en el plazo de cinco (5) días hábiles de notificada la presente, a garantizar el acceso a la totalidad del expediente administrativo “EX-2025-24205368- -APN-DGDA#MEC, donde tramitó el dictado del DNU 179/2025 (crédito FMI), con todos sus archivos embebidos, anexos y cualquier documentación obrante en dicho expediente, así como de toda otra actuación conexa al mismo”, dice la resolución.
Para los organismos, el Ministerio de Economía a cargo Luis Caputo violó la Ley de Acceso a la Información Pública. Pero además, buscó ocultar la información con maniobras para eludir entregarla al juzgado.
El Ministerio le dio trámite al pedido a través de la Ley 27.275, incluso pidió prórroga para entregar el expediente del préstamo, pero decidió desconocer su aplicación y derivar el pedido a un procedimiento administrativo.
Ante eso, el juez sostuvo que el Estado debe acatar la ley que garantiza el acceso a la información pública, sancionada en democracia y con amplio consenso, por sobre la normativa que regula el proceso administrativo, dictada en un gobierno de facto.
La decisión del juzgado reafirma que el derecho al acceso a la información pública es indispensable para el control democrático de las decisiones estatales.
Y que su cumplimiento es especialmente relevante cuando se trata de políticas económicas de alto impacto, como la firma de un acuerdo con el FMI.