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Cambios en el control de autopartes y neumáticos: qué establece la nueva normativa

El Gobierno introdujo cambios en el sistema de identificación de autopartes y neumáticos mediante códigos QR y extendió los plazos para que los fabricantes e importadores puedan adecuar el stock existente al régimen vigente desde junio de 2025.
La medida fue oficializada este martes mediante la resolución 93, publicada en el Boletín Oficial y busca facilitar la implementación del sistema.

La normativa ajusta el esquema creado en 2025, que obliga a fabricantes e importadores de autopartes de seguridad a incorporar un Código QR que detalle los datos del fabricante o importador, la marca, el modelo, el número de pieza, el país de origen y la certificación del producto.
El Gobierno argumentó que, durante la implementación del régimen, recibieron observaciones por parte de las cámaras representativas del sector automotor y autopartista vinculadas a determinados aspectos operativos del sistema.
Uno de los cambios principales que introduce la resolución es una excepción para aquellos insumos en las que resulte “materialmente imposible” colocar un código QR, como los neumáticos. La información podrá consultarse en el punto de venta o de entrega.

Además, quienes comercialicen autopartes por internet deberán garantizar que los compradores puedan acceder a los detalles de la certificación del producto antes de concretar la compra, mediante un enlace digital visible.
“Resulta conveniente introducir adecuaciones que permitan facilitar la implementación del sistema, mejorar las condiciones de trazabilidad y garantizar con ello el acceso a la información por parte de los consumidores y de las autoridades de fiscalización”, indicó la resolución.
La resolución 93 también estableció un período de transición para las autopartes fabricadas o importadas antes de la entrada en vigencia del nuevo sistema.
De esta manera, los insumos que ya se encontraban en el mercado podrán seguir a la venta hasta el próximo 1° de septiembre siempre que “cumplan con la normativa aplicable al momento de su importación o fabricación”.
Es decir, podrán continuar comercializándose sin incorporar el nuevo sistema de identificación mediante código QR. Cumplido el plazo, todos los productos alcanzados deberán adecuarse al nuevo sistema de identificación.

Fuente: DIARIO PANORAMA
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